EL AYUNTAMIENTO FIRMA UN PROTOCOLO ANTI-COVID CON LOS EQUIPOS DE FÚTBOL LOCALES PARA INCREMENTAR LA PROTECCIÓN DE LOS JUGADORES
El alcalde de Tomares, José Luis Sanz, ha firmado hoy lunes, 7 de septiembre, un protocolo de actuación anti-Covid con los presidentes de los equipos locales de fútbol, Javier Falcón, presidente de la Unión Deportiva Tomares, y José Moreno, presidente del Camino Viejo Club de Fútbol, con el objetivo de evitar contagios e incrementar la protección y seguridad de los jugadores de los equipos y escuelas deportivas de ambos clubes en los entrenamientos de cara al inminente inicio de la nueva temporada 2020-21.
Un acto en el que también han estado presentes el concejal de Cultura, Fiestas y Tradiciones, Juventud y Deportes, Eloy Carmona, y el concejal de Deportes, Nicolás Borreguero.
El Protocolo en Prevención de la Salud frente al Sars-Cov-2 (Covid-19), que ha sido consensuado entre la UD Tomares, el Camino Viejo CF y el Ayuntamiento, cuenta con el visado favorable de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía y la Real Federación Andaluza de Fútbol www.rfaf.es
Se trata del protocolo de actuación de cara a los entrenamientos que los distintos clubes, UD Tomares y Camino Viejo CF, van a llevar a cabo en las instalaciones municipales del Campo de Fútbol San Sebastián y el Campo de Futbol José Moreno “Pepillo” en Camino Viejo, con el objeto de evitar, prevenir y mitigar el contagio de la Covid-19 durante los entrenamientos para las competiciones oficiales de las distintas especialidades deportivas del fútbol federado en Andalucía.
Medidas de obligado cumplimiento, con carácter de mínimos, que deben instaurarse y respetarse para el desarrollo de dichos entrenamientos por parte de clubes, deportistas y demás participantes en el ámbito federativo. Unas medidas que siempre estarán condicionadas a las normas e indicaciones que se emitan, según la evolución de la pandemia, por las autoridades competentes a todos los niveles.
Normas
El protocolo fija como obligatorio el uso de mascarilla, excepto durante el tiempo de la práctica deportiva, así como la higiene de manos, para lo cual los clubes deberán colocar dispensadores de gel, tanto en la entrada a la instalación como en el acceso al campo de juego y vestuarios; y al menos 1,5 m de distancia interpersonal.
Entre otras medidas, se tomará la temperatura a toda persona que entre en la instalación. Aquella que tenga más de 37,5º C, no podrá acceder a la misma, y todo el material deportivo de uso común deberá ser desinfectado previamente. Tampoco se podrán usar los vestuarios ni estará permitida la asistencia de público a los entrenamientos.
Además, se nombrará a un responsable de prevención de Covid-19 que garantizará el cumplimiento de todas estas normas, que las actividades se disputen a puerta cerrada, y que se lleve a cabo el control del acceso de las personas exclusivamente a aquellas que hayan sido autorizadas.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
1. Es obligatorio el uso de mascarilla desde el acceso a la instalación y en todo momento, excepto durante el tiempo de la práctica deportiva.
2. Es obligatorio la higiene de manos teniendo que colocar dispensadores de gel, tanto en la entrada a la instalación como en el acceso al campo de juego y vestuarios.
3. Se deberá mantener al menos 1,5 m de distancia interpersonal.
4. Se tomara la temperatura a toda persona que entre en la instalación. Aquella que tenga más de 37,5º C, no podrá acceder a la misma.
5. Mantener un control por parte del club del estado de salud de cada persona.
6. Es responsabilidad de todas las personas informar al club de su estado de salud con antelación.
7. Especial atención en no hacer uso de material deportivo de uso común sin ser desinfectado previamente (esterillas, balones, etc.), también deberán desinfectar los balones diariamente en cada ciclo de entrenamiento, así como los petos o prendas que deberán ser lavadas diariamente y no ser utilizadas por diferentes personas. Los banquillos, porterías u otros elementos utilizados durante la práctica deberán ser desinfectados para cada grupo de entrenamiento.
8. No está permitido compartir bebidas y comidas.
9. No se usarán los vestuarios para los entrenamientos.
10. No estará permitida la asistencia de público a los entrenamientos, cumpliendo lo fijado por las autoridades sanitarias. (Se podrá considerar el acceso de un familiar acompañante en el caso de menores por razones motivadas, siempre que no acceda a la zona deportiva).
11. Se desinfectaran todas las instalaciones tras cada uso.
12. Se espaciaran los entrenamientos para evitar aglomeraciones y se crearan flujos de entrada y salida dentro de la instalación.
13. Se producirán reuniones de formación e información con todos los padres, madres o tutores legales de los deportistas.
14. Cada entrenador será responsable de hacer cumplir la normativa al resto de su grupo.
15. Además del formulario de localización personal en los accesos (Anexo I), o registros de asistencias (que se conservarán durante 14 días), los deportistas y clubes además deberán firmar la declaración responsable de reinicio de la actividad deportiva (ANEXO II y III), debiendo archivarlos y custodiarlos según las medidas de protección de datos (LOPDGDD) de manera permanente (el Anexo III además deberá remitirse a la RFAF antes del comienzo de la actividad). Igualmente, para los entrenamientos, y debido a las restricciones estipuladas en La Orden de 13 de Febrero, los clubes deberán completar el Anexo IV para cada uno de sus grupos fijos de entrenamiento y enviarlos a su delegación provincial RFAF en el caso de equipos en competición provincial, o al área deportiva RFAF en el caso de equipos en competiciones autonómicas.
4. Funciones del responsable de Prevención COVID-19.
1. Garantizará que las actividades se disputen a puerta cerrada, y que se lleve a cabo el control del acceso de las personas exclusivamente a aquellas que hayan sido autorizadas.
Puntos de acceso y control del flujo de personas para evitar aglomeraciones de personas en entrada, salida, salas de espera, etc.
2. Garantizará la sectorización de la instalación.
3. Implementación de las medidas de carácter sanitario que se determinen, entre ellas:
- Custodia, cierre o sellado de la zona deportiva una vez limpiada y desinfectada hasta la llegada de otro grupo de entrenamiento.
- Garantizará el control de acceso, registro de personas, sometiendo a todas ellas que accedan a la toma de temperatura y desinfección de manos con gel hidroalcohólico. La instalación contará con un registro diario del control de entrada (hora de entrada y salida de usuarios y obligación de conservar el registro durante 14 días), registro de incidencias, turnos de desinfección, protocolo acceso a la instalación (limpieza de manos, uso obligatorio de mascarilla) y pondrá a disposición material de desinfección.
4. Se mantendrá la zona deportiva siempre con el menor número de personas.
5. Aquellos que requieran acceso puntual una vez que finalice su cometido abandonarán la zona y mientras se encuentren en ella portarán mascarilla.
6. El personal auxiliar y de seguridad que preste servicio en el encuentro portará mascarilla en todo momento.
7. Dispondrá de indicaciones para mantener la distancia social de seguridad, cartelería informativa distribuida por las zonas de práctica deportiva, entrada, aseos, vestuarios y principales zonas de paso.
8. No se usaran los vestuarios, durante el periodo de entrenamientos.
9. El Responsable de Prevención COVID19 será el canal de comunicación para con los responsables de la instalación, club, y en su caso las autoridades. Deberá recibir una formación e información oportuna y velar porque el resto de personas implicadas tengan información oportuna y completen la documentación en cada caso (Anexo I, II, III, IV) Primará el cumplimiento de las medidas sanitarias sobre cualquier otra incluyendo a las deportivas.